En Euskadi alrededor de 92.000 edificios deberán pasar una inspección técnica
LA INSPECCIÓN TÉCNICA DIAGNOSTICARÁ
EL ESTADO DE CONSERVACIÓN DE LOS EDIFICIOS
DE MÁS DE 50 AÑOS ANTES DE MEDIADOS DE 2018
• También analizará las condiciones de accesibilidad y de eficiencia
energética
• Los ayuntamientos vascos se convertirán en pieza clave del
proceso de implantación de la ITE
En los próximos años, alrededor de 92.000 edificios deberán pasar una
inspección técnica que medirá las condiciones de seguridad,
accesibilidad y eficiencia energética de las viviendas.
En una comparecencia ante los medios de comunicación que ha realizo hoy, en
Bilbao, el consejero de Empleo y Políticas Sociales Juan María Aburto ha
explicado las modificaciones que ha introducido el Gobierno vasco en el nuevo
decreto que regulará la Inspección Técnica de Edificios (Decreto 80/2014 de 20
de mayo), que incluye la obligación de presentar la ITE en el ayuntamiento
tanto a los edificios residenciales de más de 50 años como a aquellos que
soliciten ayudas a la rehabilitación, independientemente de su antigüedad. La
norma también incorpora la obligatoriedad de presentar el informe de
subsanación de deficiencias, en caso de que el dictamen de los técnicos así lo
indicara.
Asimismo, se ha flexibilizado el calendario de plazos de presentación de la ITE,
que hasta ahora preveía diferentes tramos en función de la fecha de
construcción del edificio. La normativa aprobada por el Gobierno la pasada
semana establece que aquellos edificios que hayan cumplido más de 50 años
en junio de 2017, deberán presentar el informe antes de junio de 2018. Una vez
finalizada esta primera fase, los edificios que vayan cumpliendo 50 años
tendrán un plazo de un año para presentar la ITE.
El informe tiene un plazo de validez de 10 años, a contar desde la fecha de
realización de la ITE, por lo que la inspección deber ser renovada
periódicamente. Durante ese periodo, los edificios contarán con un Plan de Uso
y Mantenimiento, que será elaborado por los mismos técnicos encargados de
realizar la ITE.
Por otro lado, y con el objetivo de ampliar el conocimiento sobre la situación de
los edificios, el informe de la ITE no solo incluirá una revisión del estado de
conservación, sino que recogerá datos sobre las condiciones de accesibilidad y
sobre la eficiencia energética del conjunto del edificio.
Según los datos del Departamento de Empleo y Políticas Sociales,
aproximadamente 92.000 edificios de la CAPV habrán cumplido medio siglo de
existencia en junio de 2017 –y por lo tanto, estarán obligados a presentar la ITE
en el Ayuntamiento antes de junio de 2018-, lo que supone más del 53% del
parque inmobiliario vasco. “Teniendo en cuenta que los solicitantes de ayudas
públicas también deberán contar con la ITE, es muy probable que en los
próximos años, casi dos tercios de los edificios de la comunidad autónoma
tengan que realizar una inspección”, ha señalado el consejero en su
intervención.
Funcionamiento y actividad de la ITE
La Inspección Técnica de Edificios es un mecanismo de prevención e
información que va a permitir, a las personas propietarias y a las
administraciones, conocer el estado del parque inmobiliario. Consiste en un
informe-dictamen, elaborado por un técnico autorizado, en el que evalúan las
condiciones de conservación, accesibilidad y eficiencia energética.
El objetivo de la ITE es impulsar la vida útil de los edificios y fomentar los
valores de prevención, seguridad, eficiencia y confortabilidad de las
construcciones residenciales. Asimismo, aspira a concienciar a la ciudadanía
sobre la importancia de mantener su vivienda –que comprende no solo las
cuatro paredes de su residencia, sino toda la construcción- en las mejores
condiciones de habitabilidad.
En ese sentido, la función de la ITE va más allá de su elemento inspector, ya
que actuará de la misma manera que los chequeos médicos: conocer el estado
de salud de los edificios y actuar de manera preventiva antes de que un
problema sea demasiado grave. “Hacer una revisión a tiempo evita que nos
encontremos en el futuro con problemas más graves, y por tanto más costosos,
o incluso que ya no tienen solución”, ha señalado Aburto.
“La ITE nos permitirá contar con edificios que no van a generar problemas, ni a
las personas que residen en ellos, ni a las que circulan por su alrededor,
edificios en los que podamos vivir con las mejores condiciones, que sean
accesibles para todas las personas y que no pierdan valor por el mero paso del
tiempo”, ha añadido el consejero.
El decreto establece que la ITE solo puede ser realizada por arquitectos y
aparejadores (arquitectos técnicos). Las propiedades y comunidades podrán
contratar a quien deseen, dentro de este colectivo, para efectuar el trabajo.
Asimismo, el certificado de eficiencia energética podrá ser suscrita por
ingenieros o ingenieros técnicos. El importe de la ITE no está regulado, por lo
que lo determinará el técnico contratado.
El informe de la ITE establece 5 grados de actuación, en función del estado del
edificio. Los que requieren una actuación más rápida son los tres primeros,
mientras que el 4 y 5 son de deficiencias leves o de mantenimiento. El grado 1
exige una actuación inmediata (en plazo máximo de 24 horas), el grado 2, muy
urgente (antes de 3 meses) y el grado 3, urgente (antes de doce meses).
Si el dictamen establece la necesidad de efectuar obras de rehabilitación, la
propiedad estará también obligada a presentar el informe de subsanación de
deficiencias en el Ayuntamiento. “Debe quedar claro que solo se deberá
presentar la ITE en el ayuntamiento en el caso de ayudas a las comunidades
de vecinos, no para las ayudas individuales para la rehabilitación de la
vivienda”, ha recalcado Aburto al respecto.
Si una comunidad no cumple sus obligaciones dentro de los plazos
establecidos, estará cometiendo una infracción urbanística y podrá ser
sancionada según los previstos que establece la ley. Asimismo, los
ayuntamientos tendrán potestad para ejecutar subsidiariamente tanto la ITE
como los resultados del dictamen, y pasar posteriormente las costas a la
propiedad.
Los Ayuntamientos son los encargados, según establece la normativa estatal y
vasca, de llevar a cabo el control de este proceso, ya que entra dentro de las
competencias de disciplina urbanística. No obstante, el Gobierno Vasco se
hará cargo del registro unificado de la ITE (Euskoregite), y al que se remitirán
todas las inspecciones.
Plataforma web de Euskoregite
La información sobre la ITE se canalizará fundamentalmente en una plataforma
web específica, que será accesible a través de estas dos direcciones:
www.euskadi.net/ite y www.euskoregite.com.
Esta plataforma contendrá una sección privada, dirigida a los Ayuntamientos,
pero también una amplia sección pública. En ella, cualquier persona podrá
conocer, simplemente introduciendo la dirección del inmueble, los datos
relacionados con la ITE (fecha de construcción, plazo de presentación,
resultado del informe).
Asimismo, se ofrecerá información general y cuestiones frecuentes sobre todos
los aspectos relacionados con la ITE, y un apartado de estadísticas.
En esta web también estará disponible para descargar la aplicación informática
que deben utilizar los técnicos obligatoriamente para realizar la ITE. Está
previsto que la plataforma de Euskoregite entre en funcionamiento el primer día
hábil de junio (lunes 2).
CÓMO SABER LA EDAD DE NUESTRO EDIFICIO
Tal como figura en el decreto, se entiende como edad de la edificación el
tiempo transcurrido desde la fecha de terminación total de su construcción.
Esta fecha se acreditará mediante alguno de los siguientes documentos, por
orden preferente:
• licencia de primera ocupación del edificio
• certificado final de obras
• licencia de obras
• la que figure en el catastro o en el censo de edificios.
No obstante, la información básica de todos los edificios de la CAPV estará disponible
en el portal de euskoregite, incluida la fecha de construcción. Solo es necesario
introducir la dirección del inmueble para obtener la información. Se puede acceder a él
a través de la página web del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.
CÓMO HACER LA ITE
La realización de la ITE solo puede ser llevada a cabo por profesionales
competentes; en este caso arquitectos o arquitectos técnicos (aparejadores).
Solo estos profesionales pueden ejecutarla en su integridad. No obstante, la
certificación de eficiencia energética podrá ser suscrita por Ingenieros o
Ingenieros Técnicos.
No existe un registro oficial de personal autorizado. Todos los profesionales
que cuenten con dicha titulación pueden efectuar esta tarea. Los ciudadanos
pueden elegir libremente al profesional que deseen.
El importe de la ITE no está regulado, por lo que su precio dependerá de lo que
establezcan los profesionales competentes de manera individual. Dado que
existe libertad de elección de profesionales, los propietarios podrán solicitar los
presupuestos que deseen y optar por el más adecuado a sus intereses.
CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN A LA CIUDADANÍA
Los ciudadanos podrán acceder a la parte pública referida a la ubicación y
estado del edificio en relación a la ITE en el sitio web www.euskoregite.com, en
el que también figurarán las líneas generales de la ITE, su funcionamiento y
diversos vínculos de interés.
En cualquier caso, es intención del Gobierno Vasco llevar a cabo campañas
concretas de información a la ciudadanía, y en especial a las comunidades que
deben cumplir próximamente la obligatoriedad de presentar la ITE en los
próximos meses.
Gobierno Vasco
——————————————————————————–
redaccion@gipuzkoadigital.com GipuzkoaDigital.com 29 Mayo 2014
Donostia San Sebastián
Foto GipuzkoaDigital.com © Donostia San Sebastián
- Publicado en Noticias de Donostia San Sebastián Gipuzkoa Euskadi