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En Euskadi alrededor de 92.000 edificios deberán pasar una inspección técnica

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jueves, 29 mayo 2014 / Publicado en Noticias de Donostia San Sebastián Gipuzkoa Euskadi
Foto GipuzkoaDigital.com © Donostia San Sebastián

LA INSPECCIÓN TÉCNICA DIAGNOSTICARÁ

EL ESTADO DE CONSERVACIÓN DE LOS EDIFICIOS

DE MÁS DE 50 AÑOS ANTES DE MEDIADOS DE 2018

• También analizará las condiciones de accesibilidad y de eficiencia

energética

• Los ayuntamientos vascos se convertirán en pieza clave del

proceso de implantación de la ITE

En los próximos años, alrededor de 92.000 edificios deberán pasar una

inspección técnica que medirá las condiciones de seguridad,

accesibilidad y eficiencia energética de las viviendas.

En una comparecencia ante los medios de comunicación que ha realizo hoy, en

Bilbao, el consejero de Empleo y Políticas Sociales Juan María Aburto ha

explicado las modificaciones que ha introducido el Gobierno vasco en el nuevo

decreto que regulará la Inspección Técnica de Edificios (Decreto 80/2014 de 20

de mayo), que incluye la obligación de presentar la ITE en el ayuntamiento

tanto a los edificios residenciales de más de 50 años como a aquellos que

soliciten ayudas a la rehabilitación, independientemente de su antigüedad. La

norma también incorpora la obligatoriedad de presentar el informe de

subsanación de deficiencias, en caso de que el dictamen de los técnicos así lo

indicara.

Asimismo, se ha flexibilizado el calendario de plazos de presentación de la ITE,

que hasta ahora preveía diferentes tramos en función de la fecha de

construcción del edificio. La normativa aprobada por el Gobierno la pasada

semana establece que aquellos edificios que hayan cumplido más de 50 años

en junio de 2017, deberán presentar el informe antes de junio de 2018. Una vez

finalizada esta primera fase, los edificios que vayan cumpliendo 50 años

tendrán un plazo de un año para presentar la ITE.

El informe tiene un plazo de validez de 10 años, a contar desde la fecha de

realización de la ITE, por lo que la inspección deber ser renovada

periódicamente. Durante ese periodo, los edificios contarán con un Plan de Uso

y Mantenimiento, que será elaborado por los mismos técnicos encargados de

realizar la ITE.

Por otro lado, y con el objetivo de ampliar el conocimiento sobre la situación de

los edificios, el informe de la ITE no solo incluirá una revisión del estado de

conservación, sino que recogerá datos sobre las condiciones de accesibilidad y

sobre la eficiencia energética del conjunto del edificio.

Según los datos del Departamento de Empleo y Políticas Sociales,

aproximadamente 92.000 edificios de la CAPV habrán cumplido medio siglo de

existencia en junio de 2017 –y por lo tanto, estarán obligados a presentar la ITE

en el Ayuntamiento antes de junio de 2018-, lo que supone más del 53% del

parque inmobiliario vasco. “Teniendo en cuenta que los solicitantes de ayudas

públicas también deberán contar con la ITE, es muy probable que en los

próximos años, casi dos tercios de los edificios de la comunidad autónoma

tengan que realizar una inspección”, ha señalado el consejero en su

intervención.

Funcionamiento y actividad de la ITE

La Inspección Técnica de Edificios es un mecanismo de prevención e

información que va a permitir, a las personas propietarias y a las

administraciones, conocer el estado del parque inmobiliario. Consiste en un

informe-dictamen, elaborado por un técnico autorizado, en el que evalúan las

condiciones de conservación, accesibilidad y eficiencia energética.

El objetivo de la ITE es impulsar la vida útil de los edificios y fomentar los

valores de prevención, seguridad, eficiencia y confortabilidad de las

construcciones residenciales. Asimismo, aspira a concienciar a la ciudadanía

sobre la importancia de mantener su vivienda –que comprende no solo las

cuatro paredes de su residencia, sino toda la construcción- en las mejores

condiciones de habitabilidad.

En ese sentido, la función de la ITE va más allá de su elemento inspector, ya

que actuará de la misma manera que los chequeos médicos: conocer el estado

de salud de los edificios y actuar de manera preventiva antes de que un

problema sea demasiado grave. “Hacer una revisión a tiempo evita que nos

encontremos en el futuro con problemas más graves, y por tanto más costosos,

o incluso que ya no tienen solución”, ha señalado Aburto.

“La ITE nos permitirá contar con edificios que no van a generar problemas, ni a

las personas que residen en ellos, ni a las que circulan por su alrededor,

edificios en los que podamos vivir con las mejores condiciones, que sean

accesibles para todas las personas y que no pierdan valor por el mero paso del

tiempo”, ha añadido el consejero.

El decreto establece que la ITE solo puede ser realizada por arquitectos y

aparejadores (arquitectos técnicos). Las propiedades y comunidades podrán

contratar a quien deseen, dentro de este colectivo, para efectuar el trabajo.

Asimismo, el certificado de eficiencia energética podrá ser suscrita por

ingenieros o ingenieros técnicos. El importe de la ITE no está regulado, por lo

que lo determinará el técnico contratado.

El informe de la ITE establece 5 grados de actuación, en función del estado del

edificio. Los que requieren una actuación más rápida son los tres primeros,

mientras que el 4 y 5 son de deficiencias leves o de mantenimiento. El grado 1

exige una actuación inmediata (en plazo máximo de 24 horas), el grado 2, muy

urgente (antes de 3 meses) y el grado 3, urgente (antes de doce meses).

Si el dictamen establece la necesidad de efectuar obras de rehabilitación, la

propiedad estará también obligada a presentar el informe de subsanación de

deficiencias en el Ayuntamiento. “Debe quedar claro que solo se deberá

presentar la ITE en el ayuntamiento en el caso de ayudas a las comunidades

de vecinos, no para las ayudas individuales para la rehabilitación de la

vivienda”, ha recalcado Aburto al respecto.

Si una comunidad no cumple sus obligaciones dentro de los plazos

establecidos, estará cometiendo una infracción urbanística y podrá ser

sancionada según los previstos que establece la ley. Asimismo, los

ayuntamientos tendrán potestad para ejecutar subsidiariamente tanto la ITE

como los resultados del dictamen, y pasar posteriormente las costas a la

propiedad.

Los Ayuntamientos son los encargados, según establece la normativa estatal y

vasca, de llevar a cabo el control de este proceso, ya que entra dentro de las

competencias de disciplina urbanística. No obstante, el Gobierno Vasco se

hará cargo del registro unificado de la ITE (Euskoregite), y al que se remitirán

todas las inspecciones.

Plataforma web de Euskoregite

La información sobre la ITE se canalizará fundamentalmente en una plataforma

web específica, que será accesible a través de estas dos direcciones:

www.euskadi.net/ite y www.euskoregite.com.

Esta plataforma contendrá una sección privada, dirigida a los Ayuntamientos,

pero también una amplia sección pública. En ella, cualquier persona podrá

conocer, simplemente introduciendo la dirección del inmueble, los datos

relacionados con la ITE (fecha de construcción, plazo de presentación,

resultado del informe).

Asimismo, se ofrecerá información general y cuestiones frecuentes sobre todos

los aspectos relacionados con la ITE, y un apartado de estadísticas.

En esta web también estará disponible para descargar la aplicación informática

que deben utilizar los técnicos obligatoriamente para realizar la ITE. Está

previsto que la plataforma de Euskoregite entre en funcionamiento el primer día

hábil de junio (lunes 2).

CÓMO SABER LA EDAD DE NUESTRO EDIFICIO

Tal como figura en el decreto, se entiende como edad de la edificación el

tiempo transcurrido desde la fecha de terminación total de su construcción.

Esta fecha se acreditará mediante alguno de los siguientes documentos, por

orden preferente:

• licencia de primera ocupación del edificio

• certificado final de obras

• licencia de obras

• la que figure en el catastro o en el censo de edificios.

No obstante, la información básica de todos los edificios de la CAPV estará disponible

en el portal de euskoregite, incluida la fecha de construcción. Solo es necesario

introducir la dirección del inmueble para obtener la información. Se puede acceder a él

a través de la página web del Departamento de Empleo y Políticas Sociales.

CÓMO HACER LA ITE

La realización de la ITE solo puede ser llevada a cabo por profesionales

competentes; en este caso arquitectos o arquitectos técnicos (aparejadores).

Solo estos profesionales pueden ejecutarla en su integridad. No obstante, la

certificación de eficiencia energética podrá ser suscrita por Ingenieros o

Ingenieros Técnicos.

No existe un registro oficial de personal autorizado. Todos los profesionales

que cuenten con dicha titulación pueden efectuar esta tarea. Los ciudadanos

pueden elegir libremente al profesional que deseen.

El importe de la ITE no está regulado, por lo que su precio dependerá de lo que

establezcan los profesionales competentes de manera individual. Dado que

existe libertad de elección de profesionales, los propietarios podrán solicitar los

presupuestos que deseen y optar por el más adecuado a sus intereses.

CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN A LA CIUDADANÍA

Los ciudadanos podrán acceder a la parte pública referida a la ubicación y

estado del edificio en relación a la ITE en el sitio web www.euskoregite.com, en

el que también figurarán las líneas generales de la ITE, su funcionamiento y

diversos vínculos de interés.

En cualquier caso, es intención del Gobierno Vasco llevar a cabo campañas

concretas de información a la ciudadanía, y en especial a las comunidades que

deben cumplir próximamente la obligatoriedad de presentar la ITE en los

próximos meses.

Gobierno Vasco

——————————————————————————–

redaccion@gipuzkoadigital.com  GipuzkoaDigital.com    29 Mayo 2014

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